DEFINE EL IPAB LOS PROCESOS PARA ENAJENAR ACTIVOS

México, D.F., Agosto 11, 1999.- La Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario aprobó en su Quinta Sesión Extraordinaria el programa de enajenación de bienes.

En el Programa de Enajenación de Bienes, el IPAB determina los lineamientos y métodos para la venta de activos y da cumplimiento a lo dispuesto en la Ley que determina un plazo máximo de cinco años para la conclusión de la recuperación de los activos, con excepción de los bancos intervenidos, en proceso de liquidación, en los que el plazo se reduce a tres años. La propia Ley establece que los procesos de enajenación deberán ser públicos y transparentes.

En congruencia con la Ley, el programa establece como prioridades, que se obtenga el máximo valor de recuperación y que la enajenación se realice a la brevedad posible. Entre sus metas está promover la participación de postores que demuestren capacidad técnica y financiera y no hayan causado perjuicio al FOBAPROA, al IPAB o al sistema financiero mexicano.

El programa incorpora criterios y lineamientos de estrategia de enajenación o delegación de la administración; así como elementos para la participación de terceros especializados; los incentivos que deberán incorporar los contratos y los mecanismos de control y vigilancia.

Se hace referencia también a los criterios para la adecuada y sana competencia entre los participantes en licitaciones o subastas; los requisitos que deberán cumplir los oferentes y adquirentes interesados en participar; los procedimientos para establecer, en su caso, el valor de referencia de los bienes y el procedimiento para enajenar bienes en bloque.

En aras de generar mayor transparencia, la Junta de Gobierno resolvió publicar los aspectos más relevantes de este programa para que la sociedad y los interesados conozcan las principales características y se de certeza a los procesos de enajenación.

La Junta de Gobierno aprobó también el Estatuto del IPAB en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo Tercero Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario (Ley). El Estatuto Orgánico regula la organización, funcionamiento y facultades de los distintos órganos y unidades administrativas que integran al Instituto.

Como resultado de la aprobación del Estatuto Orgánico y de conformidad con el Artículo 80, Fracción XXIII de la misma Ley, se informa de los nombramientos de tres responsables de las áreas sustantivas del IPAB:

El Licenciado en Derecho y Doctor en Economía José Antonio Meade Kuribreña, fue designado Secretario Adjunto de Protección al Ahorro. El licenciado Meade cursó la licenciaturas en Derecho en la Universidad Nacional Autónoma de México y la de Economía en el Instituto Tecnológico Autónomo de México. Obtuvo el Doctorado en Economía en la Universidad de Yale, Estados Unidos.

Su experiencia laboral incluye cargos en el Banco Nacional de México, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas y más recientemente como Director General de Planeación Financiera en la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro.

El licenciado Daniel Couttolenc Garcíajurado, designado Secretario Adjunto de Recuperación, es egresado de las Universidades de Notre Dame y Wharton en Estados Unidos, donde cursó los estudios de Licenciatura en Administración y Maestría en la misma especialidad, respectivamente.

Ha trabajado en Citibank, Banamex y las firmas de consultoría McKinsey y Booz Allen y Hamilton y antes de incorporase al IPAB fue Director Corporativo en Bankers Trust en México donde trabajó de cerca en varios proyectos de administración y venta de créditos.

Al cargo de Secretario Adjunto de Activos fue designado el Licenciado Gustavo Castillo, egresado de la Universidad Iberoamericana y con estudios de posgrado en Administración de Negocios en el Polytecnic of Central London, de Londres, Inglaterra.

Su experiencia laboral incluye el Grupo Industrial Alfa; en Citibank México y Nueva York y las Direcciones de Crédito Externo y de Captación y Colocación de Recursos en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y más recientemente fue Director Ejecutivo de Banca de Inversión en el Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C.

El Estatuto Orgánico fue enviado a las instancias correspondientes del Ejecutivo Federal a fin de que se ordene su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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