Boletín 07-2002

 

México D.F. a 28 de Febrero de 2002

LOS DEPÓSITOS DE BANCA QUADRUM ASEGURADOS POR EL IPAB

  • La Ley otorga un seguro a los más de 1,600 depositantes del banco
  • Las autoridades financieras determinarán el futuro de Quadrum

Como lo establece la Ley para la Protección al Ahorro Bancario (LPAB), la totalidad de los recursos de los depositantes de Banca Quadrum está asegurada, esto ante la decisión de los accionistas de esa institución de banca múltiple de no suscribir su capitalización.

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) informa lo anterior y manifiesta que los depositantes de ese banco pueden tener plena confianza de que sus ahorros se encuentran asegurados. El IPAB tiene reservas suficientes para cubrir el pago de los depósitos de los cuentahabientes de Banca Quadrum.

Es importante mencionar que, de acuerdo con la LPAB y el "Programa por el que se dan a conocer las Obligaciones Garantizadas en el periodo de transición por el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario", se consideran "obligaciones garantizadas" por el IPAB los depósitos, préstamos y créditos a que se refieren las fracciones I y II del artículo 46 de la Ley de Instituciones de Crédito. Éstas incluyen los depósitos a la vista y a plazo, tales como cuentas de cheques, ahorro, pagarés y certificados de depósito.

El IPAB esperará las determinaciones que tomen la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con respecto a Banca Quadrum para, de inmediato y dado el caso, asumir las tareas asignadas por la Ley en beneficio de los ahorradores de la institución bancaria.

Instituto para la Protección al Ahorro Bancario
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