Boletín 34-1999

 

México D.F. a 29 de diciembre de 1999

 

OBLIGACIONES PROTEGIDAS DURANTE EL AÑO 2000


EL IPAB DA A CONOCER AL PÚBLICO AHORRADOR LAS OBLIGACIONES QUE ESTARÁN
PROTEGIDAS DURANTE EL AÑO 2000, CON FUNDAMENTO EN EL "RÉGIMEN DE TRANSICIÓN DE LAS OBLIGACIONES GARANTIZADAS

  • Reducción gradual y ordenada de la protección que se brinda a los depositantes
  • Los depósitos de los pequeños y medianos ahorradores plenamente garantizados
  • Se mantiene sin cambios el "Régimen de Transición de las Obligaciones Garantizadas", publicado el 31 de mayo

 

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) da a conocer al público ahorrador las obligaciones que estarán protegidas durante el año 2000, con fundamento en el "Régimen de Transición de las Obligaciones Garantizadas", que se dio a conocer el pasado 31 de mayo.

A partir del próximo año, el IPAB garantizará el importe íntegro de las obligaciones a cargo de las instituciones de banca múltiple, siempre y cuando deriven de su propia operación.

Las siguientes operaciones quedan exceptuadas de esta cobertura:

 

  • Pasivos provenientes de obligaciones subordinadas;
  • Créditos que se otorguen entre instituciones bancarias participantes en los sistemas de transferencias de fondos administrados por el Banco de México para respaldar las obligaciones a favor del propio Banco de México;
  • Las obligaciones a favor de intermediarios que formen parte del grupo financiero del cual el banco respectivo sea integrante;
  • Operaciones que no se hayan sujetado a las disposiciones legales, reglamentarias, administrativas, así como a las sanas prácticas y usos bancarios y en las que exista mala fe del titular;
  • Obligaciones y depósitos a favor de accionistas, miembros del Consejo de Administración y de los funcionarios de los dos primeros niveles jerárquicos de la institución de que se trate, así como los apoderados generales con facultades administrativas y gerentes de esas instituciones.
  • Las obligaciones y depósitos relacionadas con actos u operaciones ilícitas que se ubiquen en los supuestos del artículo 400 Bis del Código Penal Federal;
  • Obligaciones que las instituciones adquieran por operaciones financieras derivadas sobre acciones y metales.

 

Para asegurar una reducción gradual y ordenada de la cobertura que se brinda a los depositantes, el IPAB diseñó el "Régimen de Transición de las Obligaciones Garantizadas" publicado el pasado 31 de mayo en el Diario Oficial de la Federación. Este programa consta de siete etapas y concluirá el 1° de enero del año 2005, cuando entre en vigor el nuevo esquema de protección de hasta 400 mil UDI’s.

Lo anterior, en apego a los artículos 11 y undécimo transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario (LPAB), que establecen que a partir del primer día del 2005, el IPAB limitará su protección a los depósitos y préstamos que las instituciones de banca múltiple reciben del público, hasta por la cantidad equivalente a 400 mil UDIS por persona y por institución.

Con esta reducción los recursos del pequeño y mediano ahorrador estarán protegidos en su totalidad, mientras que grandes inversionistas y clientes corporativos inducirán una mayor disciplina en el mercado, al confiar sus recursos únicamente a aquellas instituciones que demuestren su solidez.

De acuerdo con cifras de Banco de México, en la actualidad más del 95% de las cuentas bancarias se encuentran por debajo del límite de 400 mil UDIS.

Al tratarse de una cobertura por persona y por institución, en caso de que un depositante mantenga cuentas en varias instituciones, todas ellas estarán protegidas hasta por el monto señalado. Si mantiene varias cuentas en un solo banco, la cobertura aplicará a la suma de los saldos en todas sus cuentas.

El Instituto reitera su compromiso de establecer un sistema de protección al ahorro bancario, que procure una defensa eficaz de los intereses de los depositantes y al mismo tiempo, propicie una administración eficiente de los bancos en México.

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